El proceso de compra inmobiliaria en Ibiza
Antes de empezar con la compra de una propiedad en Ibiza, es indispensable y obligatorio para los compradores no residentes de España obtener un número fiscal (número de identificación de extranjeros), también llamado NIE.
Etapa 1 – Visitar, elegir, hacer una oferta, las negociaciones
Una vez visitados los inmuebles que corresponden a su búsqueda y elegida la propiedad de sus sueños, usted tiene que hacer una oferta, el agente contacta entonces con el propietario para infórmale de la oferta y conocer su decisión. El vendedor puede: aceptar la oferta, rechazar la oferta, o hacer una contra-oferta.
Luego se negocian términos y condiciones de la venta como los muebles que se incluyen en el precio, las fechas de firmas etc…
Esto es un proceso no vinculante y no le obliga legalmente a seguir con la compra si cambia de idea.
Etapa 2 – Contrato de Arras y deposito
Cuando compradores y vendedores están de acuerdo con el precio de la compraventa y las condiciones del contrato, es necesario escribir un Contrato privado de Compraventa, también llamado contrato de Arras, especificando todos los detalles de la propiedad, los detalles de los compradores y de los vendedores, así como todas las condiciones negociadas anteriormente.
Este contrato tiene su validez legal por transferencia de los 10% de deposito de Arras desde la cuenta de los compradores en la cuenta de
los vendedores, que permite reservar la propiedad hasta la fecha de firma de la Escritura de compraventa ante notario.
En caso de que el comprador incumpla el contrato, el depósito se pierde. En caso de que el vendedor rompiese el contrato, debe devolver al comprador el doble de la cantidad recibida en depósito.
Etapa 3 – Contrato de venta
En esta etapa, se hace obligatorio para los compradores no residentes de poseer un número de identificación fiscal español (NIE). Lo más sencillo para esto es de contratar a una gestoría quien cobrando unos 150€ se encargará de todos los trámites para conseguirle el NIE.
El saldo del precio de la venta se paga ante notario el día de la firma de la Escritura, mediante cheque bancario, por lo que se requiere que los compradores extranjeros abran una cuenta bancaria española.